Calcular los aranceles y el IVA a la importación en la UE
Al precio de fábrica se le suman tres importes, y cada uno se calcula sobre una base distinta del anterior. La calculadora aplica el encadenamiento vigente a la entrada en la Unión Europea y propone los tipos generales de IVA de diez Estados miembros. Introduzca sus cifras más abajo: el cálculo se hace en su navegador y no se transmite nada. Fuera de la Unión el encadenamiento de las tres etapas suele conservarse, pero ni los tipos ni la base imponible coinciden: un importador mexicano, colombiano, chileno o peruano debe sustituir los porcentajes por los suyos antes de dar ningún resultado por bueno.
Actualizado en septiembre de 2026
Precio efectivamente pagado a la fábrica, en euros.
Hasta el punto de entrada en la Unión. En FOB, es su flete marítimo.
Va asociado al código SA de su producto, no al país. Debe consultarse en la base arancelaria oficial.
- Valor en aduanamercancía + transporte + seguro
- 11.200,00 €
- Aranceles4,7 % del valor en aduana
- 526,40 €
- Base del IVAvalor en aduana + aranceles
- 11.726,40 €
- IVA a la importación20 % de esa base
- 2345,28 €
Coste real
11.726,40 €
Mercancía, transporte y aranceles. El IVA no figura: es deducible.
Del cual IVA, neutro en tesorería
2345,28 €
Se consigna a la vez como devengado y como deducible en la misma autoliquidación, sin adelanto en la aduana.
Cálculo realizado en su navegador: no se transmite nada. Da un orden de magnitud y no sustituye a la declaración elaborada por un representante aduanero. Describe la entrada en la Unión Europea: fuera de ella, los tipos, los umbrales y la propia mecánica del impuesto son los de su país.
El error que corrige este cálculo
La mayoría de las estimaciones hechas a mano aplican el tipo de IVA al precio de la mercancía. El resultado sale sistemáticamente por debajo.
El IVA a la importación se calcula sobre el valor en aduana incrementado con los aranceles. Dicho de otro modo, recae sobre un importe que ya contiene un impuesto. Cuanto más alto es el tipo arancelario, más se ensancha la diferencia.
En un expediente de 10.000 € de mercancía, 1.200 € de flete y un 4,7 % de aranceles, la diferencia entre ambos métodos supera el centenar de euros. En un producto gravado con derechos antidumping, se cuenta por miles.
Dónde consultar su tipo arancelario
No lo facilitamos, y es deliberado: el tipo depende de la clasificación arancelaria de su producto, no de su origen. Dos artículos con el mismo nombre pueden pertenecer a partidas distintas según su material o su función, y la responsabilidad de la clasificación recae en el importador.
El tipo se consulta en la base arancelaria de la Unión Europea, interrogable en línea por código o por designación de mercancía. La Administración aduanera española pone a disposición su propia interfaz sobre el mismo fondo documental.
Dos precauciones antes de introducir una cifra en la calculadora:
- Compruebe que ningún derecho antidumping grava su categoría para el origen chino. Se suma al tipo ordinario y con frecuencia lo supera.
- En un flujo llamado a repetirse, solicite una información arancelaria vinculante. Es gratuita, fija la clasificación durante tres años y le pone a salvo de una revisión retroactiva.
Los tipos generales de IVA en la Unión
Cada Estado fija su tipo. El que se aplica a su importación es el del país de despacho a consumo, al tipo del producto en el mercado interior: el tipo general con carácter ordinario, y un tipo reducido para las categorías que se benefician de él.
Tipo general, verificado en septiembre de 2026
| País | Tipo general |
|---|---|
| Francia | 20 % |
| Bélgica | 21 % |
| Luxemburgo | 17 % |
| Alemania | 19 % |
| España | 21 % |
| Italia | 22 % |
| Países Bajos | 21 % |
| Portugal | 23 % |
| Austria | 20 % |
| Irlanda | 23 % |
Por qué el IVA no figura en el coste real
La calculadora separa dos importes que a menudo se confunden. Los aranceles son un gasto definitivo: entran en el coste real y se repercuten en su precio de venta. El IVA no lo es para una empresa sujeta al impuesto: devengado y deducido en la misma autoliquidación, al final no cuesta nada.
Con el régimen de diferimiento, ni siquiera se adelanta en la aduana: se consigna en la autoliquidación periódica. La operación es entonces neutra en tesorería para quien recupera íntegramente su IVA.
Incorporar el IVA a un coste real lleva a sobrestimarlo en torno a una quinta parte, y a fijar precios de venta demasiado altos.
Lo que el cálculo no dice
Da un orden de magnitud sobre el régimen ordinario. Tres situaciones lo desbordan:
- Los derechos antidumping, propios de una categoría y de un origen, y a veces de un fabricante designado por su nombre.
- El mecanismo de ajuste en frontera por carbono, que afecta al cemento, al hierro, al acero, al aluminio, a los fertilizantes, a la electricidad y al hidrógeno por encima de cincuenta toneladas al año, y que condiciona la entrada de la mercancía desde 2026.
- Los impuestos específicos asociados a determinados productos: impuestos especiales, ecotasas, tasas sanitarias.
Ninguno de los tres se adivina a partir de un precio y un peso: se leen en la nomenclatura, en la partida exacta de su producto.
Preguntas frecuentes
- ¿El IVA a la importación se calcula sobre el precio de la mercancía?
No, y es el error más frecuente. Se calcula sobre el valor en aduana incrementado con los aranceles, así como con los gastos accesorios hasta el lugar de destino. La base del IVA contiene por tanto ya un impuesto. Aplicar el tipo solo al precio de la mercancía infravalora el importe debido.
- ¿Qué tipo de IVA se aplica a una importación?
El del país de despacho a consumo, al tipo aplicable al producto en el mercado interior de ese país. En España, el 21 % con carácter general, y el 10 % o el 4 % para las categorías que se benefician de un tipo reducido o superreducido. La importación no crea ningún tipo específico.
- ¿Hay que incluir el IVA en el coste real?
No, en el caso de una empresa sujeta al impuesto que recupera íntegramente su IVA. Se consigna a la vez como IVA devengado y como IVA deducible, de modo que al final resulta neutro. Los aranceles, en cambio, son un gasto definitivo y sí entran en el coste real.
- ¿Dónde encontrar el tipo arancelario aplicable a mi producto?
En la base arancelaria de la Unión Europea, interrogable por código o por designación de mercancía, y en la interfaz de la Administración aduanera española, que se apoya en el mismo fondo. El tipo depende de la clasificación del producto y no de su origen. Compruebe igualmente que ningún derecho antidumping apunta a su categoría para el origen chino.
- ¿Hay que añadir el flete antes de calcular los aranceles?
Sí, de lo contrario el cálculo queda falseado desde la primera línea. Lo que sirve de base a los aranceles no es el importe de la factura, sino ese importe incrementado con el traslado y el seguro hasta la entrada en la Unión. Una oferta FOB deja por tanto esas dos partidas a su cargo: se suman antes de que se aplique tipo alguno.
- ¿Esta calculadora transmite mis cifras?
No. El cálculo se realiza íntegramente en su navegador; ningún valor introducido se envía a un servidor, ni se registra, ni se mide. Es también lo que permite que este sitio funcione sin banner de consentimiento de cookies.
¿Tiene un coste real que afinar?
Trabajamos en directo con los fabricantes y organizamos el traslado. Hablemos de lo que está preparando.
Sourcing, control de calidad, logística: nuestros servicios se contratan por separado o en conjunto.